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No puedo pagar a Hacienda este trimestre
Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento ante la AEAT: requisitos, plazos y opciones cuando no puedes pagar a tiempo.
Cuidado: no presentar la declaración es peor que no poder pagarla.
- Presenta el modelo (130, 303, 100, 111, etc) en plazo aunque no puedas pagar.
- En el momento del pago, marca la opción "Aplazamiento" o "Fraccionamiento".
- Esto evita la sanción por presentación fuera de plazo (que se acumula al recargo del pago).
- Importante: la sanción por NO presentar puede llegar al 150% de lo no declarado.
Hasta 50.000€ (régimen general):
- Aplazamiento o fraccionamiento sin garantías.
- Tramitación rápida, suele aprobarse automáticamente.
- Devengo de intereses de demora (3,75% anual en 2026).
- Plazo máximo habitual: 6-24 meses según importe.
Más de 50.000€:
- Exige aval bancario o garantía.
- Tramitación más larga y compleja.
- Casi siempre requiere asesoría fiscal.
Algunas deudas NO se pueden aplazar:
- Retenciones a trabajadores (modelos 111, 115, 123).
- Pagos a cuenta del impuesto de sociedades.
- IVA repercutido y cobrado de clientes.
- Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con Cl@ve o certificado digital.
- Sección "Pagos, aplazamientos y consultas de deudas" → "Aplazamiento y fraccionamiento de deudas".
- Si te quedan 0 puntos del carnet electrónico, llama al 901 200 350.
- Comprueba si tu deuda ya ha pasado a "ejecutiva" (con recargo del 5%, 10% o 20%): cambia el procedimiento.
- Si recibes una notificación de embargo, respóndela en plazo: tienes 1 mes para alegar o solicitar aplazamiento de ejecutiva.
- No dejes pasar la fecha de pago sin presentar ni solicitar aplazamiento: los recargos suben hasta el 20%.
- No solicites un fraccionamiento con cuotas que NO podrás pagar: si fallas uno, todo el procedimiento se cae y va a embargo.
- No firmes nada con "asesores fiscales" que prometen "borrar tus deudas con Hacienda" sin verificar quiénes son.
- No esperes al embargo: una vez Hacienda embarga cuenta, el daño es muy difícil de revertir.
- No mezcles cantidades: una cosa es no poder pagar y otra ocultar ingresos. El segundo es delito fiscal.
Si tienes asesor fiscal/gestor:
- ¿Cuál es el plazo máximo que podemos solicitar?
- ¿Qué intereses se aplican?
- ¿Es preferible aplazamiento o fraccionamiento?
- ¿Conviene meter un pago inicial para mejorar la respuesta?
A la AEAT por teléfono (91 554 87 70):
- ¿Mi situación cumple los requisitos del régimen general?
- ¿Cuándo se aprobará la solicitud?
- ¿Puedo modificar el plan de pagos una vez aprobado?
Las fechas de Hacienda no se negocian:
- IRPF: junio.
- IVA trimestral: 20 de abril, julio, octubre y 30 de enero.
- IRPF trimestral (130): mismos días que IVA.
- Si vas a presentar fuera de plazo, hazlo cuanto antes para reducir recargos (5% en 3 meses, 10% en 6 meses, 15% en 12 meses, 20% más).
Localiza oficinas de la Agencia Tributaria y gestorías administrativas en tu zona.
Consulta directamente la sede electrónica de la Agencia Tributaria y los colegios oficiales de gestores administrativos.
Los recargos de Hacienda van escalando: empezar con 5%, llegar a 20% en el peor caso. A esto se suma el interés de demora (3,75% anual en 2026).
Si puedes pagar ahora aunque sea con apoyo externo, evitas que la deuda crezca mientras gestionas tu situación. Existen opciones para afrontar el pago a tiempo y solicitar el aplazamiento solo si realmente lo necesitas.
¿Necesitas una ayuda económica puntual?
Si esta situación supone un gasto importante, puedes consultar opciones disponibles para afrontarlo.
Información ofrecida por partner externo. Consulta siempre las condiciones antes de tomar una decisión.
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